jueves, 2 de junio de 2016

DEMOCRATIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN

DEMOCRATIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN
Como se ha precisado en la introducción, diversos países de Latinoamérica han hecho explicita su deseo y voluntad política de provocar transformaciones sustanciales en el campo de las comunicaciones. Promueven desde su mandato, plasmar en la legislación nuevos usos y prácticas de la comunicación como derecho al que debe tener acceso todo ser humano. El concepto de la comunicación como derecho supedita el uso que debe de hacerse de los medios de comunicación, la tecnología y diversos recursos.
Las iniciativas, han despertado fuertes resistencias en sectores empresariales ligados a medios de comunicación, organizaciones que las representan; sectores políticos y poderes económicos. Bajo el discurso de la defensa de la libertad de expresión, estos sectores se aferran al status quo vigente y postulan el ya conocido enunciado que “la mejor ley es la que no existe”
En la lógica de la teoría de la comunicación, la postura de estos sectores se entiende como el deseo de mantener una hegemonía económica, social, política, cultural ligada al capitalismo. Mantener determinados procesos comunicativos lleva consigo mantener determinados patrones que apuestan por no alterar el orden existente, entre ellos, el económico; principal inspirador para rechazar cualquier idea de cambio.
DEMOCRATIZACIÓN DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN EN ECUADOR
En el caso específico de Ecuador, la nueva constitución que entró en vigencia el 20 de octubre del 2008, reconoce la comunicación y la información como derechos humanos planteándose un conjunto de derechos y libertades, las mismas que deben traducirse en otras normatividades, leyes políticas que guíen el nuevo sistema comunicativo en este país.
En Ecuador, más del 90% de las frecuencias de radio y televisión se encuentran en manos privadas y algunas de las personas naturales del sector privado concentran hasta 54 frecuencias.
Es decir existe una concentración monopólica de las frecuencias. Esta situación tiene que revertirse, al menos así lo consideró la población ecuatoriana que en consulta pública aprobó la nueva constitución. En ese sentido la carta magna del 2008 precisa que las frecuencias son un bien público que el estado administra según precisa el artículo 313.
Otros artículos de la constitución fortalecen esta propuesta. El artículo 16,1 precisa que todas las personas en forma individual o colectiva, tiene derecho a una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los ámbitos de la interacción social, por cualquier medio y forma en su propia lengua y con sus propios símbolos.
El artículo 16,3 se refiere al derecho de toda persona de crear medios de comunicación social; mientras el artículo 17,1 señala que el estado garantiza la asignación de frecuencias del espectro radioeléctrico para la gestión de estaciones de radio y televisión públicas, privadas y comunitarias. Asimismo se precisa en el artículo 17,3  7 que el estado no permitirá el oligopolio o monopolio, directo ni indirecto, de la propiedad de los medios de comunicación y del uso de las frecuencias. En base a este mandato constitucional, el gobierno del presidente Rafael Correa planteo la necesidad de fomentar la creación de una Ley de Comunicación para el Ecuador inspirada en el concepto del Sumak Kawsay que guía la carta magna ecuatoriana.
La democratización de la información, rompió varias barreras que no permitían, que cualquier  persona tenga acceso a los medios de comunicación, este sistema integrado debe ser regulado debido a que  los ciudadanos y ciudadanas tenemos derecho a recibir información variada y plural a través de medios de comunicación que pongan en vitrina las distintas realidades, culturas, diferencias, modos de entender el mundo, los medios masivos han influido en el pensar y estilo de vida de grandes masas, esto equivale a un libertad de expresión tal cual como lo estipula La Declaración Universal de los Derechos Humanos.


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